Actos positivos - el nacimiento, modificacion, extincion de un derecho.(depende de la relacion del acto, la entrega, realizacion de un trabajo.
Actos negativos- la conducta juridica consiste en una omision o abstencion ejem. la renta de una vivienda.
Actos unilaterales- requieren voluntad de una sola parte.
Actos bilaterales- requieren la voluntad de ambas partes.
Actos entrevivos- dos actos de personas que viven y hay contrato, las personas cuerdas, la eficacia no depende del fallecimiento.
Actos de ultima voluntad- testamento, tiene que morir.
Actos gratuitos- no hay dinero de pormedio, donacion,ejemplo renunciar a un testamento.
Actos onerosos- las oneraciones son reciprocas, compraventa.
Actos formales y no formales- patrimoniales y de familia.
Actos abstractos de causa y causados.
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no tienen causa gana por el bien mismo.
FORMALIDADES DE LOS ACTOS JURIDICOS
- Formalidades ad-solemnemente: Se refiere a aquellas formalidades que constituyen requisito de existencia o validez del acto en cuestión, y ante cuya omisión el acto es nulo, inexistente, o no produce efecto jurídico alguno. Por ejemplo, en la mayoría de los países, la compraventa de bienes raíces debe celebrarse en escritura pública, sin la cual se entiende que la venta es nula. Dichas solemnidades se establecen en consideración a la naturaleza del acto, dada la importancia que el determinado negocio jurídicotiene para el ordenamiento jurídico nacional.
- Formalidades habilitantes: Son aquellas formalidades establecidas en consideración de las personas incapaces o ausentes, en vistas de proteger su patrimonio con ciertas cortapisas legales que impiden a sus representantes disponer libremente de su patrimonio. Tal es el caso, por ejemplo, de las restricciones de los guardadores de la venta de bienes raíces de sus pupilos, la que, en la mayoría de los países, debe hacerse en pública subasta previa autorización de juez competente. Su omisión implica la nulidad del acto en cuestión.
- Formalidades ad probationem : Aquellos requisitos externos al acto jurìdico que se exigen en consideración a la acreditación formal de un acto ante la sociedad o lasautoridades. Por regla general, se traduce en la escrituración del determinado acto, como es en el caso de los contratos de trabajo, donde es de interés del legislador que dichos actos se mantengan escriturados o registrados, en protección de los trabajadores. Su omisión jamás acarrea la nulidad, sino que formas distintas de ineficacia de los actos jurídicos, tales como la inadmisibilidad de la prueba testimonial.
- Formalidades de publicidad: Aquellas formalidades destinadas a dar publicidad al determinado acto jurídico, y que por regla general se traducen en la inscripción del negocio en un registro público, de modo que todas las personas tengan acceso al conocimiento de su contenido y efectos. Su violación acarrea, como norma general, la inoponibilidad del acto frente a tercero.
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